Denuncia Fiscalía Anticorrupción a la juez federal que liberó a Medina

MONTERREY, NL (apro).- La Fiscalía Anticorrupción denunció penalmente a la juez federal Beatriz Jaimes Ramos, quien el 26 de enero determinó que Rodrigo Medina saliera del penal de Topo Chico, al considerar que actuó dolosamente para proteger al exmandatario.

Ernesto Canales Santos, subprocurador estatal, informó que el recurso fue presentado el martes 14 ante la Procuraduría General de la República (PGR), pues la juzgadora se habría extralimitado en sus funciones al revertir la decisión que ese mismo día había tomado el juez de control Miguel Ángel Eufracio Rodríguez, quien luego de vincular al priista por los delitos de peculado y daño al erario, había ordenado que fuera recluido preventivamente para evitar que evadiera la acción de la justicia.

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Sin embargo, ese mismo día los abogados de la defensa presentaron el amparo que entregó Jaimes Ramos, juez quinto de distrito en materia penal de Nuevo León, quien dispuso la liberación de Medina luego de permanecer 18 horas tras las rejas, al considerar que, según su criterio, no existía riesgo de que huyera, pues había demostrado antes voluntad de comparecer, al acudir a todas las audiencias previas.

En conferencia de prensa efectuada hoy, Canales Santos dijo que la juez obró de manera dolosa y constitutiva de delito, pues utilizó para proteger al exmandatario criterios diferentes a los que exhibió en otros casos de características similares.

“Si revisamos las resoluciones de esta juez federal en otros casos, lo ha hecho aplicando criterios distintos a los que aplicó en el caso de Medina. Ahí es donde tenemos indicios de la mala fe y la comisión de un delito, en el que por proteger a Medina cambia su criterio judicial de manera, además, equivocada”, expuso.

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Al analizar el amparo que la juez entregó, la Fiscalía encontró que no hubo fundamento, pues Medina de la Cruz había llegado a la audiencia de vinculación, el día 25, protegido por la justicia federal únicamente por el proceso que se le seguía por ejercicio indebido de funciones, al cual había sido vinculado el 9 de agosto de 2015.

Canales señaló que, al llegar al juzgado, ninguna autoridad podía privarlo de su libertad con motivo de ese expediente en particular, pero cuando Eufracio Rodríguez lo vinculó a proceso por los dos delitos mencionados, la madrugada del día siguiente, su situación jurídica cambió y el recurso promovido ya no le resultaba útil en ese momento.

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“La juez considera que el amparo que ella había otorgado protegía al exgobernador en cualquier situación jurídica en que se encontrase, pero no operan así las protecciones de los amparos. Este protege ante una situación concreta. Efectivamente, Medina estaba protegido al llegar a la audiencia en la situación jurídica de un solo delito procesado. Pero en la audiencia de ese día se resuelve que se le procesa por dos delitos adicionales, lo que cambia su situación jurídica y la protección que tenía por un delito no tenía aplicabilidad”, dijo.

Luego agregó que el juez de control sí tenía argumentos para determinar el recurso preventivo de privación de la libertad al político priista, al señalar que podría sentirse tentado a escapar al saber que por los tres delitos por los que es enjuiciado enfrenta una penalidad por hasta 36 años de prisión, además de que habría desfalcado a la entidad por más de 3 mil millones de pesos en apoyos ilegalmente concedidos a la armadora surcoreana KIA, cantidad que deberá reponer si es hallado culpable.

El zar anticorrupción recordó que en días pasados la defensa de quien fuera mandatario en el sexenio 2009-2015 promovió una denuncia penal contra Eufracio Rodríguez por haber violado el amparo federal, al enviar a Medina al penal de Topo Chico.

Las resoluciones legales en los casos de esta denuncia ante la PGR contra la juez federal y contra el de control estatal serán trascendentales para el futuro jurídico del país, expuso Canales Santos, pues sentarán precedente sobre los criterios que prevalecerán.

Si en las demandas resulta favorecida Jaimes Ramos, todo el sistema de juicios orales estaría en riesgo, alertó.

Este caso de Medina de la Cruz motiva a que sea revisada, por los legisladores federales, la Ley de Amparo, pues se enfrenta con el nuevo sistema de justicia penal y las dos instituciones provienen de principios jurídicos opuestos, pues aquélla procede del sistema anterior, que era escrito, y ésta corresponde a la oralidad transparente y abierta, consideró Canales.

Junto al recurso ante la Procuraduría, la Fiscalía Anticorrupción estatal presentó una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por la irregular actuación de la juzgadora.

Por su parte, el agente del Ministerio Público, Marcos Rodríguez, quien ha encabezado las denuncias contra Medina, explicó que los amparos que han promovido el exgobernador y otros implicados en el desfalco a KIA por los que se les acusa, los protegen exclusivamente en la forma, para no ser encarcelados, y no en el fondo, pues ninguna autoridad ha señalado que no incurrieron en los ilícitos por los que se les investiga.